Continuando con nuestro tema de opinión en torno al tema de la libertad de culto en Colombia, publicamos el aporte que nos hace nuestro amigo Jorge Enrique Montoya Guerrero. Esperamos sus comentarios
La
libertad de pensamiento y la libre elección de profesar o no de una religión,
son conquistas que enfrentaron muchos obstáculos a los largo de la historia. El
dogmatismo religioso, apoyado por el poder civil fue implacable,
aunque en gran parte del mundo se ha consolidando la separación del Estado con
las iglesias. En esos esfuerzos, en el difícil siglo XVII, contribuyó
destacadamente el pensador inglés y promotor del liberalismo John Locke,
particularmente con un texto denominado Carta Sobre la Tolerancia (Ed. Mestas,
Madrid, 2001).
Aquí
algunas de sus ideas:
La
finalidad de la verdadera religión, es que ha nacido no en función de una pompa
exterior, ni para ejercer un dominio eclesiástico, ni tampoco para utilizar la
fuerza, sino para regular la vida de los hombres con rectitud y piedad.
Estimo
necesario, sobre todo, distinguir exactamente entre las cuestiones del gobierno
civil y las de la religión, fijando de este modo las justas fronteras entre la
Iglesia y el Estado.
El
Estado es una sociedad de seres humanos constituida para preservar y promover
los bienes civiles como la vida, la libertad, la salud y las posesiones
materiales como la tierra. Todo el derecho y la soberanía del poder civil está
limitado y restringido al cuidado de promover esos bienes; y éstos no deben ni
pueden, de manera alguna, extenderse a la salvación de las almas.
El
cuidado de las almas no puede pertenecer al magistrado civil, porque todo su
poder consiste en la coacción. Es de tal naturaleza la inteligencia humana, que
no se le puede obligar por ninguna fuerza externa. Si se le confiscan los
bienes, si se le atormenta el cuerpo con la cárcel o la tortura, será todo
inútil, si con las torturas se pretende cambiar el juicio de la mente sobre las
convicciones.
Una
cosa es persuadir y otra mandar; una cosa es apremiar con argumentos y otra con
decretos; estos son propios del poder civil, mientras los otros pertenecen a la
voluntad humana.
El
poder civil no tiene que prescribir artículos de fe o dogmas o formas de culto
divino junto con la ley civil. Pues, efectivamente, las leyes no tienen fuerza
si no se les añaden los castigos. Si alguien quiere acoger un dogma o practicar
un culto para salvar su alma, tiene que creer que ese dogma es verdadero y que
el culto será grato y aceptado por su Dios. Pero ningún castigo está en modo
alguno en grado de infundir en el alma una convicción de ese género.
Una
iglesia es una sociedad libre de seres humanos que se reúnen voluntariamente
para rendir culto público a Dios de la manera que ellos juzguen aceptable a la
divinidad, para conseguir la salvación del alma. Digo que es una sociedad libre
y voluntaria: nadie nace miembro de una Iglesia.
El
ser humano, no está obligado por naturaleza a formar parte de una iglesia o
secta. Luego de ingresar a una iglesia y si con posterioridad descubre alguna
cosa errónea en la doctrina o incongruente con el culto, tiene que tener
siempre la posibilidad de salir de la iglesia con la misma libertad con que
había entrado.
Frente
por la Cultura Laica
La finalidad de la verdadera religión, es que ha nacido no en función de una pompa exterior, ni para ejercer un dominio eclesiástico, ni tampoco para utilizar la fuerza, sino para regular la vida de los hombres con rectitud y piedad.
Estimo necesario, sobre todo, distinguir exactamente entre las cuestiones del gobierno civil y las de la religión, fijando de este modo las justas fronteras entre la Iglesia y el Estado.
El Estado es una sociedad de seres humanos constituida para preservar y promover los bienes civiles como la vida, la libertad, la salud y las posesiones materiales como la tierra. Todo el derecho y la soberanía del poder civil está limitado y restringido al cuidado de promover esos bienes; y éstos no deben ni pueden, de manera alguna, extenderse a la salvación de las almas.
El cuidado de las almas no puede pertenecer al magistrado civil, porque todo su poder consiste en la coacción. Es de tal naturaleza la inteligencia humana, que no se le puede obligar por ninguna fuerza externa. Si se le confiscan los bienes, si se le atormenta el cuerpo con la cárcel o la tortura, será todo inútil, si con las torturas se pretende cambiar el juicio de la mente sobre las convicciones.
Una cosa es persuadir y otra mandar; una cosa es apremiar con argumentos y otra con decretos; estos son propios del poder civil, mientras los otros pertenecen a la voluntad humana.
El poder civil no tiene que prescribir artículos de fe o dogmas o formas de culto divino junto con la ley civil. Pues, efectivamente, las leyes no tienen fuerza si no se les añaden los castigos. Si alguien quiere acoger un dogma o practicar un culto para salvar su alma, tiene que creer que ese dogma es verdadero y que el culto será grato y aceptado por su Dios. Pero ningún castigo está en modo alguno en grado de infundir en el alma una convicción de ese género.
Una iglesia es una sociedad libre de seres humanos que se reúnen voluntariamente para rendir culto público a Dios de la manera que ellos juzguen aceptable a la divinidad, para conseguir la salvación del alma. Digo que es una sociedad libre y voluntaria: nadie nace miembro de una Iglesia.
Frente por la Cultura Laica
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