viernes, 26 de abril de 2013

LA PARCIALIDAD DEL PROCURADOR



 
Julio E. Higuera
Politólogo

La Procuraduria General de la Nación está próxima a fallar en la investigación que abrieron en contra del Alcalde de Bogotá Gustavo Petro por “la falta de planeación y un presunto detrimento patrimonial por la cancelación de los contratos a los operadores privados de recolección de basuras y la contratación de volquetas para el esquema de recolección de desechos diseñados por la Administración Distrital”.

Más allá de las valoraciones que podamos hacer a la gestión administrativa de Gustavo Petro, lo que nos preocupa son las actuaciones de los órganos de control, que pueden perder su objetividad e imparcialidad y tomar decisiones encaminadas a tumbar a gobiernos elegidos democráticamente por los ciudadanos y ciudadanas, desconociendo la decisión autónoma del constituyente primario, quien en el ejercicio de sus derechos ciudadanos y de participación democrática, mediante mecanismos como la revocatoria del mandato, pueden decidir su continuidad o no en el cargo.

Las últimas decisiones tomadas por el Ministerio Publico, si bien es cierto que se hayan cometido errores en algunas decisiones tomadas por la alcaldía de Bogotá, pero que en ningún momento han sido actos de corrupción; los fallos proferidos, y que han inhabilitado para ejercer cargos públicos a importantes funcionarios de la administración distrital,  ha sido exageradamente drásticos y con la intención de liquidar políticamente a los que considera sus mas fuertes contradictores en sus convicciones políticas, morales y religiosas.

El debate debe girar en torno a la supremacía de poder de los órganos de control y la irrevocabilidad de sus fallos, que colocan a los funcionarios públicos en una situación de desventaja frente a la omnipotencia de personajes como el Procurador General de la Nación, fanático religioso y ultraderechista, quien es el que resuelve en última instancia los recursos jurídicos de los funcionarios afectados y pronuncia la última palabra, que para el caso del alcalde de Bogotá, seguramente será su destitución e inhabilidad por más de 15 años, sin tener en cuenta la gravedad de la falta, pero que estará lleno de sectarismo, carente de imparcialidad y objetividad.

En las actuaciones de la Procuraduria hemos observado que delitos de mayor gravedad, en casos relacionados con la parapolítica y la corrupción, su actitud ha sido benévola y en muchos casos ha solicitado la absolución de los inculpados, como en el caso del General retirado Plazas Vega por las desapariciones en el Palacio de Justicia, o de Senadores y Representantes vinculados a procesos por parapolítica, corrupción o tráfico de influencias como es el caso de la ex presidenta del Senado Nancy Patricia Gutierrez.

El papel de los órganos de control es claro, sancionar a aquellos ciudadanos, que en el ejercicio de sus funciones como servidores públicos, incurren en faltas disciplinarias, pero las sanciones que se apliquen deben ser acorde a la gravedad de la falta y no con la intención de descabezar y eliminar políticamente a su contradictor, para ello se hace necesario la regulación de los fallos de los órganos de control, para que los mismos no vulneren los derechos de los ciudadanos y ciudadanas sancionados.
                                                                                      

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