jueves, 11 de septiembre de 2014

CARTA A LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL VALLE



Oficio de la Doctora Elizabeth Padilla Perez, Ex secretaria de Desarrollo Institucional de la Gobernación del Valle, referente a las declaraciones de la Doctora Alba Leticia Chávez, Secretaria de Hacienda del Departamento del Valle del Cauca, referente al desempeño del Doctor Angelino Garzón, como Gobernador  del Valle del Cauca.



domingo, 7 de septiembre de 2014

LA CATEDRA PARA LA PAZ, LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DIALOGO SOCIAL




Julio E. Higuera*
El Congreso de la República aprobó la ley; que ordena la inclusión en las instituciones educativas y universidades del país la Cátedra de la Paz, que tiene como misión “crear y consolidar un espacio para el aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre la cultura de la paz y el desarrollo sostenible que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población”[1].

El pasado 10 de diciembre, el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, instancia de coordinación de instituciones del Estado, hizo entrega al Gobierno Nacional, del documento que contiene la  estrategia nacional de Derechos Humanos, “De la violencia a la sociedad de los Derechos. Propuesta de Política Integral de Derechos Humanos 2014-2034”, que se constituye como uno de los productos del proceso de construcción participativa de la política pública en Derechos Humanos, a través del diálogo y concertación del gobierno nacional con la sociedad civil y la comunidad internacional y en el que se reconoce los derechos como objetivo fundamental en el accionar del Estado colombiano.

Es importante generar esta clase de acciones de promoción, formación y protección de los Derechos Humanos y Cultura de Paz; entendiendo este último, como un conjunto de valores, actitudes y comportamientos que reflejan el respeto a la vida, al ser humano y a su dignidad; en el que la Cultura de Paz pone en primer plano los Derechos Humanos; el rechazo a la violencia en todas sus formas y la adhesión a los principios de Libertad, Justicia, Solidaridad, Tolerancia, Igualdad, así como a la comprensión entre los pueblos y las personas, porque los Derechos Humanos están directamente vinculados a la vida digna y a la paz.

En la medida en que las personas tengan un mayor conocimiento y compresión sobre la Cultura de Paz y Derechos Humanos, se tiene la esperanza de convertirlo en una acción de transformación de la sociedad, haciéndola más tolerante, minimizando los actos violentos que sucumbe a nuestra país, no solo por las acciones violentas y terrorista de los grupos armados al margen de la ley, de la delincuencia organizada, sino también por la falta de tolerancia y convivencia pacífica de nuestras comunidades. Por ello la Cátedra de Paz, debe ser una política, no solo para ser desarrollada desde las aulas de las instituciones educativas, sino que debe ser llevada al conjunto de la sociedad,  porque estas propuestas de paz, se construyen y fortalecen cuando están acompañadas por planes de acción y de participación democrática en la que involucremos a los diversos contextos del aprendizaje como es la familia, la comunidad educativa y la sociedad en su conjunto, como una política de diálogo  y participación social en acciones personales y colectivas para lograr los cambios en el comportamiento de los individuos, como es tener una ciudadanía libre de la violencia en todas sus formas y manifestaciones y se traduzca en una cultura de dialogo, compresión y convivencia pacífica para el cambio.

Ahora, cuando se está avanzando en la mesa de negociaciones en la Habana, para poner fin a más de 50 años de guerra y en el posible post-conflicto para preservar la convivencia tras la firma de los acuerdos, una política de dialogo y defensa de los derechos humanos para la consolidación de una cultura de paz,  será fundamental, y verdaderamente oportuna, teniendo en cuenta que la mayoría de los colombianos que han vivido el fenómeno de la violencia, no conocen cuales son los valores humanos de la convivencia y la tolerancia, lo cual podría generar otra serie de conflictos sociales.



* Profesional en Estudios Políticos y Resolución de Conflictos. Especializado en Cultura de Paz y Derecho Internacional Humanitario. Director Ejecutivo de la Corporación para el Desarrollo del Dialogo, la Concertación y la Cultura de paz –CONCERTEMOS-.
[1] Articulo 1º Parágrafo 2º Ley 174 de 2014

CARTA ABIERTA DE ANGELINO GARZON





miércoles, 3 de septiembre de 2014

DIALOGO SOCIAL Y DERECHOS SINDICALES

Julio E. Higuera
Director Ejecutivo
Corporación para el Desarrollo del Dialogo. la Concertación y la Cultura de Paz "CONCERTEMOS"

Se ha reactivado la violencia y amenazas contra dirigentes sindicales en el Valle del Cauca. En una comunicación del grupo criminal los Rastrojos, han declarado objetivo militar a destacados dirigentes sindicales, bajo el argumento de ser aliados de las organizaciones guerrilleras de la región y conminándolos a dejar de lado la defensa de los derechos de los trabajadores, por mejores condiciones laborales.

El derecho de asociación, es un derecho que hace parte de las libertades individuales, y es la posibilidad que tiene toda persona de crear o adherirse libremente a una asociación, y a través de la misma desarrollar aquellas actividades para la cual fue creada, sin ser víctima de amenazas o intimidación por el cumplimiento de los objetivos de su agremiación.

El Estado tiene la responsabilidad de garantizar el libre ejercicio de la actividad sindical; brindándoles todas las garantías a sus dirigentes, por cuanto los derechos labores, las libertades sindicales, el derecho a la huelga y a la protesta social, están consagrados en la Constitución y en la normatividad de los Derechos Humanos.

En ese sentido es necesario rechazar la actitud de diferentes sectores de la sociedad, así como grupos ilegales al margen de la ley, intolerantes, que descalifican la labor de las organizaciones sindicales y de sus dirigentes, atentando con los derechos ciudadanos de asociarse y expresarse libremente, siendo generadores de violencia y en contra del dialogo, la concertación para el fortalecimiento de una cultura de paz.

Los diálogos del gobierno del Presidente Santos con las Guerrillas de las FARC, los acercamientos con el ELN, generan un ambiente favorable para el fomento del dialogo social, para el fortalecimiento de la participación democrática de las trabajadores y sus organizaciones sindicales, los empresarios y sus organizaciones gremiales y el gobierno en el orden nacional, regional y municipal, buscando acuerdos que le brinde garantías a las organizaciones sindicales y sus dirigentes; así como en la construcción de acuerdos que permita “lograr el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la cooperación de empleadores y de trabajadores para mejorar continuamente la eficiencia en la producción, y la colaboración de trabajadores y empleadores en la preparación y aplicación de medidas sociales y económicas”[1].

La mejor respuesta de la Sociedad Civil y el Estado Colombiano, a las amenazas proferidas por esos grupos al margen de la ley, es avanzar en la construcción de escenarios en las que el dialogo social sea el mejor instrumento para fomentar mejores condiciones en las relaciones de trabajadores, empresarios y el Estado, contar con unas organizaciones de trabajadores y empleadores fuertes e independientes capaces de fomentar y participar en procesos de diálogo y concertación.

Para promover el diálogo social, se hace necesario que exista voluntad política y el compromiso de todas las partes de fomentar el diálogo; el respeto de los derechos fundamentales representados por la libertad sindical y de negociación colectiva; y naturalmente el apoyo institucional para crear un entorno político favorable que permita a las organizaciones de empleadores y trabajadores actuar libremente con garantías y respeto a las opiniones de las partes, brindándole todas las garantías jurídicas e institucionales para garantizar y fortalecer las organizaciones representativas de los trabajadores, como de los empleadores.

Para la OIT, “El diálogo social y la práctica del tripartismo entre los gobiernos y las organizaciones representativas de trabajadores y de empleadores tanto en el plano nacional como en el internacional resultan ahora aún más pertinentes para lograr soluciones y fortalecer la cohesión social y el Estado de derecho, entre otros medios, mediante las normas internacionales del trabajo."[2]




miércoles, 27 de agosto de 2014

CARTA ABIERTA DE ANGELINO GARZON



Apreciad@s Amig@s: Les compartimos la carta Abierta del Ex-vicepresidente de la República Doctor Angelino Garzón


 




martes, 5 de agosto de 2014

LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS EN LOS DIALOGOS DE LA HABANA

Julio E. Higuera*

La inclusión del tema de los derechos de las víctimas en el acuerdo General para poner fin al conflicto armado, suscrito entre el gobierno de Juan Manuel Santos y la guerrilla de las FARC EP, motivo la convocatoria de los foros regionales que hoy culminan con la realización del Cuarto Foro Nacional de Victimas del Conflicto Armado en Colombia, centrando el debate en torno a la participación y formulación de las propuestas que presentaran en la mesa de negociación de las Farc y el Gobierno Nacional en la Habana y se desarrolla en medio de una arremetida violenta de las guerrillas de las FARC en gran parte del territorio nacional, con un gran costo en víctimas de la población civil

La responsabilidad de la ONU y la Universidad Nacional, designados por los negociadores de paz para organizar las propuestas, es garantizar que el drama de más de 6,5 millones de víctimas, llegue la mesa de negociación de la Habana. No es un tarea fácil, este conflicto armado de más de 50 años, ha dejado víctimas de las Farc, del ELN, de los grupos paramilitares, de la organizaciones criminales y del narcotráfico y agentes del estado, con profundas heridas, dividiendo a las víctimas entre los que reclaman la responsabilidad de las organizaciones guerrilleras, especialmente de las Farc, y los que señalan y responsabilizan a las organizaciones del paramilitarismo, asociados con agentes del estado y la ausencia de reconocimiento de representatividad, que muchas de ellas manifiestan, frente a las organizaciones existentes y los mecanismos institucionales establecidos para la representación de las víctimas, como es el caso de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, establecida por la ley 1448 del año 2011. 

Que las víctimas del conflicto armado sean reconocidas y escuchadas con amplias garantías, es un derecho ciudadano que les asiste, y no puede convertirse en un mero formalismo, pues son precisamente ellas las que han demandado por muchos años el derecho a participar en todos los asuntos que procuren la solución al conflicto armado y particularmente el restablecimiento a los derechos de las víctimas, vulnerados por los efectos de la guerra. 

La representación de las víctimas, pese a que no es un proceso fácil ya que cualquier escogencia que se haga generara inconformidades, pues es difícil satisfacer un espectro tan amplio y diverso, es un escenario importante para la construcción de la paz y garantizar los derechos de las víctimas, es una oportunidad histórica en la que se encontraran con los responsables directos de la guerra, quienes deben responder y dar razón de cientos de ciudadanos de quienes hoy no hay información, establecer mecanismos que permitan acceder al derecho a la justicia, a la reparación integral, a las garantías de no repetición, bases para la construcción de una verdadera reconciliación nacional; pero también debe ser aprovechada de la mejor manera, en beneficio no sólo de las víctimas, sino fundamentalmente en procura de hallar caminos que permitan la construcción de acuerdos para poner fin al conflicto armado, exigiéndole a las FARC y al Gobierno Nacional, para que se comprometan a la firma de un acuerdo de paz este mismo año, que permitan dar solución definitiva a las causas que originaron el conflicto armado y el desarrollo de la paz con justicia social y democracia plena.


* Politólogo, Especialista en Cultura de Paz y Derecho Internacional Humanitario 

jueves, 19 de junio de 2014

VOTO OBLIGATORIO Y PARTICIPACION CIUDADANA



En el pasado debate electoral, en el que se eligió Presidente y Vicepresidente de la República para el periodo constitucional 2014 – 2018, el nivel de participación estuvo alrededor del 48%, con una abstención del 52%, registrando un leve aumento en comparación a la 1ª vuelta en la que la abstención alcanzo la cifra del 60%.

El artículo 40 de la Constitución Política establece que “todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político”[1] y entre los mecanismos con los que se cuenta para hacer efectivo este derecho están el de elegir y ser elegido, así como tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.

Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. La participación en las últimas elecciones para Congreso, Presidencia y Vicepresidencia de la República refleja que los niveles de indiferencia frente a procesos democráticos como son elegir libremente nuestros representantes en las corporaciones públicas y gobernantes municipales, regionales y nacionales, están aún por debajo del 50%.

Quedo demostrado que el voto voluntario permite que la tasa de participación sea muy baja, mientras que el establecimiento del voto obligatorio hace que los niveles de participación sean superiores, por ejemplo en Uruguay los niveles de participación están por encima del 90%, En América Latina, a excepción de Colombia y Nicaragua; el voto obligatorio es norma constitucional en el derecho al sufragio. 

En Colombia observamos que el voto voluntario, conduce a una participación desigual según el nivel socio-económico. Así, los estratos bajos tienden a votar menos que las personas de nivel socio-económico medio y alto, de modo que permite que sean estos sectores sociales los que decidan por el conjunto de la población; lo que significa que mientras el voto voluntario conduce a una democracia pasiva, basada en una ciudadanía de baja intensidad, el voto obligatorio conduce a una democracia activa, basada en una ciudadanía de alta intensidad, ya que en estos últimos hay mayor conciencia ciudadana, basada en el ejercicio de sus derechos y deberes de participación en los procesos democráticos.

El escepticismo y poca credibilidad en la clase política, que en medio de los escándalos buscaron polarizar al país, en las pasadas elecciones presidenciales, generando todo tipo de acusaciones y calumnias, desmotivaron al ciudadano para ejercer el derecho al sufragio, al no encontrar alternativas que expresaran sus intereses y optan por no participar del proceso electoral. 

El voto obligatorio es una herramienta con la que cuenta el ciudadano, para manifestar su inconformidad con los líderes y partidos políticos que al no interpretar su interés pueden ser castigados votando en blanco como una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos y se constituye en una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector[2]

El artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, establece que "Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría y no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral cuando se trata de elección para corporaciones públicas y para el caso de alcaldes, Gobernadores o Presidente y Vicepresidente de la República, deberán presentar una nueva baraja de candidatos.

Es equivocada la apreciación de que la abstención es una forma de expresar la inconformidad ciudadana, por el contrario ayuda a que una minoría sea la que decida, fortalece el clientelismo y las maquinarias políticas. Con el voto obligatorio el ciudadano podrá elegir, de manera autónoma y soberana, a sus gobernantes cuando interpreta su interés o por el contrario castiga a aquellos candidatos y colectividades políticas que han actuado a espaldas de sus electores.

En conclusión el voto obligatorio, más allá de ser un deber moral o legal, evita que unos grupos sociales minoritarios monopolicen el poder político, cosa que de hecho ocurre con el ejercicio voluntario del sufragio. 


[1] Constitución Política de 1991. Articulo 40

[2] Sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política).